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Nómina

PTU en México 🇲🇽 — ¿Cómo se calcula?

Por Employ · 25 de octubre de 2026 · 10 min de lectura

Cuando la empresa ya sabe cuánto tiene que repartir, empieza la parte que más reclamaciones genera: decidir cuánto le toca a cada persona. Dos trabajadores con el mismo puesto pueden recibir importes muy distintos porque entraron en fechas diferentes, uno faltó más o el otro gana más, y el resultado sólo se entiende si se conoce el procedimiento.

Este artículo explica ese procedimiento individual, con fórmulas y un ejemplo completo, como parte de la nómina en México de principio a fin. Parte de un monto de utilidad repartible ya determinado; cómo se llega a esa cifra, qué empresas están obligadas y en qué plazo se paga se explica en cómo funciona el reparto de utilidades.

¿Cómo se calcula la PTU de cada trabajador?

La PTU individual se calcula en dos mitades. La primera mitad de la utilidad repartible se divide entre el total de días trabajados por todos los participantes y se multiplica por los días de cada persona; la segunda se divide entre el total de salarios devengados y se multiplica por el salario de cada uno. Se suman ambas partes y se aplica el tope del artículo 127, fracción VIII, de la LFT.

Los datos que hay que reunir antes de calcular

El cálculo falla casi siempre por los datos de entrada, no por la aritmética. Antes de empezar se necesita, por cada persona que trabajó en el ejercicio:

  • Días trabajados en el año, contando como servicio activo los periodos pre y posnatal y la incapacidad temporal por riesgo de trabajo (artículo 127, fracción IV).
  • Salario por cuota diaria, sin gratificaciones, horas extra ni otras prestaciones del artículo 84 (artículo 124). Con salario variable, el promedio de lo percibido en el año.
  • Salarios devengados en el año: el salario diario a considerar multiplicado por los días trabajados.
  • Tipo de trabajador: de planta, sindicalizado, de confianza, eventual o directivo, porque cambia si participa y con qué salario.
  • PTU recibida en los tres años anteriores, para calcular el tope por promedio.

Quedan fuera del cálculo los directores, administradores y gerentes generales, los trabajadores del hogar y los eventuales con menos de 60 días trabajados en el año.

Las fórmulas del reparto individual

El artículo 123 ordena dividir la utilidad repartible en dos partes iguales. Cada mitad tiene su propio factor.

Factor por días = (utilidad repartible × 50 %) ÷ suma de días trabajados por todos los participantes

Factor por salarios = (utilidad repartible × 50 %) ÷ suma de salarios devengados por todos los participantes

PTU del trabajador = (días del trabajador × factor por días) + (salarios del trabajador × factor por salarios)

La primera mitad premia la permanencia: todos reciben lo mismo por cada día trabajado, sin importar el sueldo. La segunda premia el nivel salarial: quien gana más recibe más por cada peso devengado.

¿Qué salario se toma para un trabajador de confianza?

Los trabajadores de confianza que no son directivos sí participan, pero su salario para este cálculo tiene un techo: el del trabajador sindicalizado o de planta de más alto salario, aumentado en 20 % (artículo 127, fracción II). Si su salario real es menor que ese techo, se usa el real.

Por ejemplo, si el trabajador de planta mejor pagado gana $500 diarios, el salario máximo que puede considerarse para un trabajador de confianza es $500 × 1.20 = $600, aunque gane $1,200.

Este techo sólo afecta la mitad por salarios. En la mitad por días, el trabajador de confianza cuenta igual que los demás.

Ejemplo completo con cuatro trabajadores

Datos ilustrativos: una empresa tiene una utilidad repartible de $80,000 en el ejercicio. Su director general no participa. Los demás:

TrabajadorTipoSalario diario realDías trabajados
APlanta$400365
BPlanta, entró el 7 de marzo$500300
CConfianza$1,200365
DEventual$35090

Paso 1. Determinar el salario a considerar y los salarios devengados

El trabajador de planta de más alto salario es B, con $500. El techo para C es $600.

TrabajadorSalario a considerarDíasSalarios devengados
A$400365$146,000
B$500300$150,000
C$600365$219,000
D$35090$31,500
**Total****1,120****$546,500**

D participa porque trabajó más de 60 días.

Paso 2. Calcular los dos factores

  1. Mitad por días: $80,000 × 50 % = $40,000. Factor: $40,000 ÷ 1,120 = 35.714286 pesos por día.
  2. Mitad por salarios: $40,000. Factor: $40,000 ÷ $546,500 = 0.073193 pesos por peso devengado.

Paso 3. Aplicar los factores a cada trabajador

TrabajadorParte por díasParte por salariosPTU antes del tope
A$13,035.71$10,686.18$23,721.89
B$10,714.29$10,978.96$21,693.25
C$13,035.71$16,029.28$29,064.99
D$3,214.29$2,305.58$5,519.87
**Total****$40,000.00****$40,000.00****$80,000.00**

Los importes se obtienen con los factores sin redondear; con los factores redondeados a seis decimales puede haber diferencias de centavos.

Paso 4. Revisar el tope individual

El tope de la fracción VIII es el mayor entre tres meses de salario del trabajador y el promedio de su PTU de los últimos tres años. Tomando tres meses como 90 días de salario real:

TrabajadorTres meses de salarioPTU calculada¿Supera el tope?
A$36,000$23,721.89No
B$45,000$21,693.25No
C$108,000$29,064.99No
D$31,500$5,519.87No

Nadie alcanza el tope con este monto, así que cada trabajador recibe la PTU calculada.

¿Cómo se aplica el tope cuando sí se supera?

El tope se calcula con dos alternativas y se elige la que más favorezca al trabajador. Un caso distinto, con datos ilustrativos: una trabajadora gana $300 diarios, su PTU calculada es de $32,000 y en los tres años anteriores recibió en promedio $24,500.

  1. Tres meses de salario: $300 × 90 = $27,000.
  2. Promedio de los últimos tres años: $24,500.
  3. Tope aplicable, el más favorable: $27,000.
  4. PTU a pagar: $27,000, porque la calculada ($32,000) lo supera.

Si su promedio de los últimos tres años hubiera sido $33,000, el tope sería ese y recibiría los $32,000 completos. La LFT no detalla qué hacer con la diferencia que queda sin entregar cuando se aplica el tope; conviene que la comisión mixta lo resuelva en el proyecto de reparto y verificar el criterio con un asesor.

¿Cuánto ISR se retiene de la PTU?

La PTU está exenta hasta 15 UMA por año, que en 2026 son $1,759.65 con la UMA de $117.31 (artículo 93, fracción XIV, de la Ley del ISR). El excedente se grava. Para la trabajadora B del ejemplo, con sueldo mensual de $15,000:

  1. Parte gravada: $21,693.25 − $1,759.65 = $19,933.60.
  2. Con el procedimiento opcional del artículo 174 del Reglamento: la parte gravada mensualizada es $19,933.60 ÷ 365 × 30.4 = $1,660.22; el ISR de $16,660.22 es $1,700.33 y el de $15,000 es $1,402.82; la diferencia, $297.51, entre $1,660.22 da una tasa de 17.9199 %.
  3. ISR a retener: $19,933.60 × 17.9199 % = $3,572.08.

Si la empresa sumara la parte gravada al ingreso del mes y aplicara directamente la tarifa del artículo 96, la retención sería de $4,170.65. La mecánica de la tarifa está en tarifa del ISR en la nómina; en ambos casos la retención es un pago provisional que se ajusta en el cálculo anual.

Casos que cambian el cálculo

Trabajadores que ya no están en la empresa

Quien trabajó en el ejercicio y se fue antes del pago conserva su derecho por los días laborados. Como su finiquito se pagó antes de conocer la utilidad, la PTU se le paga aparte, en la fecha del reparto. Si no la reclama en el año, su importe se suma a la utilidad repartible del ejercicio siguiente.

Incapacidades y licencias

La maternidad y la incapacidad temporal por riesgo de trabajo cuentan como días trabajados. Para las incapacidades por enfermedad general y los permisos sin goce, la ley no lo dice expresamente; conviene definir el criterio en la comisión mixta.

Salario variable

Para quien gana por comisión o con ingresos que cambian, el artículo 124 indica tomar el promedio de lo percibido en el año. Ese promedio diario se multiplica por los días trabajados para obtener los salarios devengados.

Trabajadores de plataformas digitales

Participan si superaron 288 horas en el año (artículo 127, fracción IX).

Errores frecuentes en el cálculo individual

  • Incluir horas extra, bonos o aguinaldo en el salario. El artículo 124 sólo admite la cuota diaria.
  • Usar el salario real del trabajador de confianza en la mitad por salarios, sin aplicar el techo del 20 %.
  • Restar los días de maternidad o de riesgo de trabajo, que cuentan como servicio activo.
  • Olvidar a los que ya se fueron, lo que reparte de más entre quienes siguen.
  • Aplicar el tope de tres meses sin comparar con el promedio de tres años, cuando el promedio es más favorable.
  • Calcular la exención de 15 UMA con la UMA de enero, que todavía era la de 2025.

¿Cómo puede ayudarte Employ?

El cálculo individual de la PTU exige datos de todo el ejercicio: cada alta y baja, cada incapacidad, el salario de cada persona y la PTU de los tres años previos para el tope. Reconstruirlos en una hoja de cálculo meses después es donde aparecen los errores.

Nóminas IA de Employ gestiona esas novedades durante el año y, al llegar el reparto, calcula los factores por días y por salarios, aplica el techo de los trabajadores de confianza y el tope individual según las reglas del país y de la empresa, separa la parte exenta y prepara la retención del ISR. Genera y distribuye los recibos y comprobantes a cada empleado, incluidos quienes ya no están.

Indica qué calculó, qué falta y qué necesita revisión, como un salario variable sin historial completo o una diferencia por tope que la comisión mixta debe resolver, para que una persona lo apruebe. Responde las consultas de los trabajadores sobre su PTU y arranca con el proceso actual, desde el Excel o los archivos de la empresa.

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Preguntas frecuentes sobre el cálculo de la PTU

¿Cómo se divide la PTU entre los trabajadores?

La mitad se reparte por días trabajados y la otra mitad en proporción a los salarios devengados, según el artículo 123 de la LFT.

¿Qué salario se usa para calcular la PTU?

El salario por cuota diaria, sin aguinaldo, horas extra, bonos ni otras prestaciones. Con salario variable, el promedio del año.

¿Cuál es el tope de la PTU por trabajador?

El mayor entre tres meses de su salario y el promedio de la PTU que recibió en los últimos tres años.

¿Los trabajadores de confianza tienen un límite especial?

Sí. Su salario para el reparto no puede superar el del trabajador sindicalizado o de planta mejor pagado más 20 %.

¿Los días de incapacidad cuentan para la PTU?

La maternidad y la incapacidad por riesgo de trabajo cuentan como días trabajados. Para la enfermedad general conviene definir el criterio en la comisión mixta.

¿Cuántos días necesita un eventual para recibir PTU?

Por lo menos 60 días trabajados en el ejercicio.

¿Cuánto de la PTU está libre de ISR en 2026?

Hasta 15 UMA, es decir, $1,759.65. El excedente se grava.

¿Se puede retener el ISR de la PTU con el artículo 174 del Reglamento?

Sí. Es un procedimiento opcional que suele retener menos que sumar todo el pago al mes, aunque el impuesto definitivo se ajusta en el cálculo anual.

¿Si me fui de la empresa recibo PTU?

Sí, por los días trabajados en el ejercicio. Se paga en la fecha del reparto, aparte del finiquito.

¿Qué pasa si no cobro mi PTU?

La cantidad no reclamada en el año se suma a la utilidad repartible del año siguiente.

Conclusión

La PTU de cada trabajador se obtiene sumando dos partes: lo que le corresponde por sus días trabajados y lo que le corresponde por sus salarios devengados, cada una con su factor. Después se limita al mayor entre tres meses de salario y el promedio de los últimos tres años, y sobre el excedente de 15 UMA se retiene ISR.

Reunir bien los días, el salario por cuota diaria y la situación de cada persona es lo que hace que el reparto resista una revisión.

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