Aguinaldo en México 🇲🇽 — ¿Cómo se calcula?
La mayor parte de las dudas sobre el aguinaldo no vienen de quien trabajó todo el año con el mismo sueldo, sino de los casos que se salen de esa regla: alguien que entró en julio, una renuncia en agosto, un trabajador con varias faltas, otro que vive de comisiones o una persona contratada sólo para la temporada alta.
Dentro del panorama general de la nómina en México, este artículo se centra en esos casos. Parte de la fórmula proporcional y la aplica, con números, a cada situación. La regla general (15 días de salario, pago antes del 20 de diciembre y cálculo del ISR) está en el cálculo general del aguinaldo y aquí sólo se da por supuesta.
¿Cómo se calcula el aguinaldo proporcional y en casos especiales?
El aguinaldo proporcional se calcula dividiendo los días de aguinaldo entre 365 y multiplicando el resultado por los días trabajados en el año y por el salario diario. El artículo 87 de la LFT reconoce este derecho a quien no completó el año, siga o no en la empresa. En los casos especiales cambia uno de los tres datos: los días que cuentan, el salario que se toma o los días de aguinaldo pactados.
La fórmula proporcional, pieza por pieza
Aguinaldo proporcional = días de aguinaldo × salario diario × días trabajados ÷ 365
Cada elemento responde a una pregunta distinta:
- Días de aguinaldo: 15 por ley o los que fije el contrato.
- Salario diario: el de cuota diaria; con salario variable o con cambios durante el año, se determina con los criterios que se ven más abajo.
- Días trabajados: los días del año en que existió la relación de trabajo, del 1 de enero (o la fecha de ingreso) al 31 de diciembre (o la fecha de baja), menos los que no deban contarse.
- 365: los días del año. En la práctica se usa 365 también en años bisiestos para mantener la proporción de 15 días por año completo.
Pasos para cualquier caso
- Contar los días del periodo entre la fecha de inicio y la de fin dentro del año, incluidos ambos extremos.
- Restar los días que no se computan, si los hay, según el criterio que aplique la empresa.
- Fijar el salario diario que corresponde al caso.
- Aplicar la fórmula con los días de aguinaldo de ley o de contrato.
- Revisar la exención de ISR, que sigue siendo de 30 UMA aunque el aguinaldo sea proporcional.
Tabla de casos con su cálculo
Todos los datos son ilustrativos y corresponden a 2026.
| Caso | Datos | Cálculo | Aguinaldo |
|---|---|---|---|
| Ingreso a mitad de año | Entra el 1 de julio, $350 diarios | 15 × $350 × 184 ÷ 365 | $2,646.58 |
| Renuncia antes de diciembre | 1 de enero a 15 de agosto, $500 diarios | 15 × $500 × 227 ÷ 365 | $4,664.38 |
| Faltas injustificadas descontadas | Año completo, 6 faltas, $400 diarios | 15 × $400 × 359 ÷ 365 | $5,901.37 |
| Trabajador de temporada | 120 días, $380 diarios | 15 × $380 × 120 ÷ 365 | $1,873.97 |
| Prestación superior | 30 días por contrato, entra el 1 de marzo, $600 diarios | 30 × $600 × 306 ÷ 365 | $15,090.41 |
Los apartados siguientes explican cada situación y las que no caben en una fila.
¿Cuánto aguinaldo corresponde si se trabajó menos de un año?
Quien sigue en la empresa en diciembre pero entró durante el año recibe la parte proporcional a los días transcurridos desde su ingreso. En el primer caso de la tabla, la persona que entró el 1 de julio acumula 184 días al 31 de diciembre (31 de julio, 31 de agosto, 30 de septiembre, 31 de octubre, 30 de noviembre y 31 de diciembre).
Como el pago se hace antes del 20 de diciembre, la práctica habitual es proyectar los días hasta el 31, porque se presume que la relación continúa. Si la persona se fuera entre el pago y fin de año, el ajuste se haría en su finiquito.
Su aguinaldo de $2,646.58 está por debajo de los $3,519.30 de exención, así que no paga ISR.
¿Qué pasa con el aguinaldo si el trabajador renuncia o es despedido antes de diciembre?
El aguinaldo proporcional se paga al terminar la relación, cualquiera que sea la causa: renuncia, despido, término del contrato o mutuo acuerdo. No hay que esperar a diciembre, porque se incluye entre los conceptos que integran el finiquito.
En el segundo caso de la tabla, del 1 de enero al 15 de agosto hay 227 días (31 + 28 + 31 + 30 + 31 + 30 + 31 + 15). Con $500 diarios, el trabajador recibe $4,664.38. De esa cantidad, $3,519.30 están exentos y $1,145.08 se gravan.
La causa de la terminación, incluso un despido justificado, no afecta este derecho.
¿Se descuentan las faltas y las incapacidades del aguinaldo?
Es el punto más discutido, porque el artículo 87 reconoce la parte proporcional al tiempo trabajado sin detallar qué días se excluyen. Conviene distinguir:
| Tipo de ausencia | Criterio frecuente | Comentario |
|---|---|---|
| Faltas injustificadas | Muchas empresas las descuentan | La ley no lo dice expresamente; conviene verificar el criterio con un asesor y aplicarlo de forma uniforme |
| Permisos sin goce de sueldo | Suelen descontarse | Depende de lo pactado al conceder el permiso |
| Incapacidad por riesgo de trabajo | No suele descontarse | Se considera vinculada al servicio |
| Incapacidad por maternidad | No suele descontarse | La relación sigue vigente y la ley protege este periodo |
| Incapacidad por enfermedad general | Criterio dividido | Conviene verificarlo antes de descontar |
| Vacaciones y días de descanso | Nunca se descuentan | Son días pagados de la relación |
En el tercer caso de la tabla, si la empresa descuenta 6 faltas injustificadas a un trabajador de $400 diarios, cuenta 359 días y paga $5,901.37 en lugar de $6,000. La diferencia de $98.63 es pequeña frente al riesgo de una reclamación, por lo que muchas empresas prefieren no descontar o hacerlo sólo cuando el criterio está documentado en el reglamento interior o en el contrato.
El tratamiento de cada incapacidad en el periodo de pago, y por qué durante ella el patrón no paga salario, se explica en cómo se registran las incapacidades en la nómina.
¿Cómo se calcula el aguinaldo con salario variable o por comisión?
Cuando el ingreso cambia cada periodo, no existe una cuota diaria fija. La LFT no fija un método específico para el aguinaldo; el criterio más extendido es promediar lo percibido en el año y usar ese promedio como salario diario. Para indemnizaciones, el artículo 89 usa el promedio de los últimos 30 días trabajados, y algunas empresas aplican ese mismo periodo; lo importante es elegir un criterio, documentarlo y aplicarlo igual a todos.
Ejemplo con promedio anual: un vendedor por comisión que al cierre de noviembre ha percibido $132,000 en 334 días.
- Salario diario promedio: $132,000 ÷ 334 = $395.21.
- Aguinaldo de año completo: $395.21 × 15 = $5,928.15.
Si el trabajador tiene una parte fija y otra variable, se suman el salario diario fijo y el promedio diario de la parte variable.
¿Qué salario se usa si hubo un aumento durante el año?
El criterio más extendido es tomar el salario vigente en la fecha de pago, no un promedio del año. Así, un trabajador que ganaba $400 diarios y desde septiembre gana $450 recibe 15 × $450 = $6,750 si trabajó el año completo, y no $6,000.
En una baja, se toma el salario vigente a la fecha de terminación.
Trabajadores por temporada o por obra determinada
Quien trabaja sólo algunos meses del año tiene derecho al aguinaldo proporcional a los días laborados, igual que cualquier otro trabajador. En el cuarto caso de la tabla, 120 días de temporada con $380 diarios generan $1,873.97.
Si vuelve en varias temporadas del mismo año, se suman los días de cada periodo; si la relación termina al cerrar la temporada, el aguinaldo se paga entonces con el finiquito.
¿Se puede pagar el aguinaldo en dos partes?
La ley exige que el total esté pagado antes del 20 de diciembre, pero no impide adelantar una parte. Algunas empresas pagan una porción en noviembre y el resto en diciembre para aliviar el flujo de caja.
Tres cuidados:
- El total debe estar cubierto a más tardar el 19 de diciembre. Diferir una parte a enero incumple el artículo 87.
- La exención de 30 UMA es una sola por año. Si se aplica completa en el primer pago, el segundo se grava por completo.
- El anticipo debe identificarse como aguinaldo en el comprobante de cada pago, para que la suma cuadre al final.
Aguinaldo superior por contrato con proporcional
Cuando el contrato da más de 15 días, la fórmula proporcional usa esos días. En el último caso de la tabla, 30 días de aguinaldo para alguien que entró el 1 de marzo (306 días hasta el 31 de diciembre) con $600 diarios dan $15,090.41. Si la prestación superior sólo se reconoce después de cierta antigüedad, hay que revisar desde qué fecha aplica al trabajador para no mezclar periodos.
En cuanto al ISR, la exención de 30 UMA no se ajusta por los días trabajados: un aguinaldo proporcional tiene la misma exención que uno completo. En este último caso, $3,519.30 son exentos y $11,571.11 se gravan.
Errores frecuentes en los casos especiales
- Excluir al personal que salió antes de diciembre del cálculo del aguinaldo y no incluirlo en su finiquito.
- Descontar incapacidades por maternidad o riesgo de trabajo como si fueran faltas.
- Usar el sueldo base en lugar del promedio con trabajadores de comisión, lo que reduce el aguinaldo.
- Reducir la exención en proporción a los días trabajados, con el resultado de retener ISR de más.
- Aplicar dos veces la exención cuando el aguinaldo se paga en dos partes.
¿Cómo puede ayudarte Employ?
Los casos especiales del aguinaldo dependen de datos que viven dispersos: fechas de ingreso y baja, faltas, incapacidades, comisiones del año y aumentos de salario. Cuando esos datos llegan tarde a nómina, el aguinaldo proporcional sale mal o se olvida en el finiquito.
Nóminas IA de Employ gestiona esas novedades a lo largo del año (altas, bajas, ausencias, vacaciones) y, al llegar diciembre o una terminación, calcula el aguinaldo de cada trabajador con sus días y su salario según las reglas del país y de la empresa. Si hay faltas o incapacidades, aplica el criterio que la empresa defina y lo deja a la vista.
Cuando un caso necesita una decisión, como un periodo de temporada que se cruza con otro o una prestación superior que depende de la antigüedad, lo marca para revisión y una persona lo aprueba. Genera los recibos, responde las consultas de los empleados sobre su aguinaldo y arranca con el proceso actual, desde el Excel o los archivos de la empresa.
Preguntas frecuentes sobre el aguinaldo proporcional
¿Cuál es la fórmula del aguinaldo proporcional?
Días de aguinaldo × salario diario × días trabajados ÷ 365. Con la prestación de ley, son 15 días de aguinaldo.
¿Cuánto aguinaldo corresponde con seis meses trabajados?
Alrededor de la mitad del aguinaldo anual. Con $350 diarios y 184 días (1 de julio a 31 de diciembre), son $2,646.58.
¿Si renuncio antes de diciembre pierdo el aguinaldo?
No. Se paga la parte proporcional al tiempo trabajado en el año dentro del finiquito.
¿Las faltas injustificadas reducen el aguinaldo?
Muchas empresas las descuentan, pero la ley no lo establece de forma expresa. Conviene que el criterio esté documentado y se aplique igual a todos.
¿La incapacidad por maternidad reduce el aguinaldo?
Lo habitual es no descontarla, porque la relación de trabajo sigue vigente y la ley protege ese periodo.
¿Cómo se calcula el aguinaldo de un trabajador por comisión?
Con un salario diario promedio de lo percibido, normalmente en el año. El criterio elegido debe documentarse y aplicarse de forma uniforme.
¿Qué salario se usa si me subieron el sueldo en el año?
El criterio más extendido es el salario vigente al momento del pago, o a la fecha de baja si la relación terminó.
¿El aguinaldo proporcional tiene la misma exención de ISR?
Sí. La exención es de 30 UMA ($3,519.30 en diciembre de 2026) y no se reduce por haber trabajado menos días.
¿Se puede pagar parte del aguinaldo en enero?
No. El total debe estar pagado antes del 20 de diciembre; sí se puede adelantar una parte antes de esa fecha.
Conclusión
El aguinaldo proporcional se obtiene con una sola fórmula: días de aguinaldo por salario diario por días trabajados entre 365. Lo que distingue a cada caso especial es qué días se cuentan, qué salario se toma y cuántos días de aguinaldo se pactaron. La exención de 30 UMA no cambia con la proporción.
Documentar el criterio para faltas, incapacidades y salario variable, y aplicarlo igual a toda la plantilla, es la mejor defensa ante una reclamación.
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