Cotizaciones a la Seguridad Social en la nómina: guía completa
Las cotizaciones a la Seguridad Social en la nómina son la parte del salario que financia pensiones, desempleo, incapacidad temporal y otras prestaciones. Cada mes se calculan dos cuotas a la vez: la del trabajador, que se descuenta del bruto, y la de la empresa, que no reduce el neto pero sí aparece en el recibo de salarios como información.
En esta guía verás qué conceptos componen cada cuota, qué porcentajes rigen en 2026 según la Orden PJC/297/2026, cómo cotizan las horas extra y la retribución que supera la base máxima, y un ejemplo completo para comprobar una nómina línea a línea.
Respuesta rápida
En 2026, un trabajador con contrato indefinido cotiza el 6,50 % de su base de cotización (4,70 % contingencias comunes, 1,55 % desempleo, 0,10 % formación profesional y 0,15 % MEI). La empresa aporta el 30,65 % más la tarifa de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (23,60 % comunes, 5,50 % desempleo, 0,20 % FOGASA, 0,60 % formación y 0,75 % MEI). Con contrato temporal, los totales suben a 6,55 % y 31,85 %.
¿Qué son las cotizaciones a la Seguridad Social en la nómina?
La cotización es la obligación de ingresar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) un porcentaje de la remuneración de cada trabajador. La regula la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), y cada año una orden ministerial fija bases y tipos; en 2026 es la Orden PJC/297/2026, publicada en el BOE el 31 de marzo.
Tres ideas sostienen todo el cálculo:
- Se cotiza sobre una base, no sobre el bruto del mes. La base de cotización es la remuneración mensual con la prorrata de las pagas extraordinarias y sin ciertos conceptos excluidos (art. 147 LGSS). Entender cómo se calculan las bases de cotización es imprescindible antes de aplicar ningún porcentaje.
- Hay dos obligados. La empresa ingresa la cuota total, pero descuenta al trabajador su parte en la nómina. El artículo 26.4 del Estatuto de los Trabajadores declara nulo cualquier pacto por el que la empresa asuma la parte del trabajador.
- Cada contingencia tiene su tipo. No existe un único porcentaje: hay tipos para contingencias comunes, desempleo, formación, FOGASA, MEI, accidentes de trabajo y horas extra.
Para situar estas cuotas dentro del resto de devengos y deducciones, puedes repasar la guía completa de la nómina en España.
¿Qué conceptos cotiza el trabajador y cuáles la empresa?
La tabla resume los tipos generales de 2026 para una base situada entre la mínima y la máxima.
| Concepto | Trabajador | Empresa | Total |
|---|---|---|---|
| Contingencias comunes | 4,70 % | 23,60 % | 28,30 % |
| Desempleo, contrato indefinido | 1,55 % | 5,50 % | 7,05 % |
| Desempleo, duración determinada | 1,60 % | 6,70 % | 8,30 % |
| Formación profesional | 0,10 % | 0,60 % | 0,70 % |
| FOGASA | 0,00 % | 0,20 % | 0,20 % |
| MEI | 0,15 % | 0,75 % | 0,90 % |
| AT y EP (ejemplo oficina) | 0,00 % | 1,00 % | 1,00 % |
Contingencias comunes
Cubren las prestaciones derivadas de situaciones no laborales: jubilación, incapacidad temporal por enfermedad común, incapacidad permanente, muerte y supervivencia. Es el bloque más pesado: 28,30 %, de los que la empresa paga el 23,60 % y el trabajador el 4,70 %.
Desempleo
Financia la prestación que gestiona el SEPE. El tipo depende del contrato: en los indefinidos (y en algunos temporales, como los de sustitución o los celebrados con personas con discapacidad igual o superior al 33 %) es del 7,05 %; en los de duración determinada sube al 8,30 %. Por eso un error en la clave de contrato cambia directamente la cuota.
Formación profesional y FOGASA
La formación profesional cotiza un 0,70 % (0,60 % empresa y 0,10 % trabajador). El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), que paga salarios e indemnizaciones cuando la empresa es insolvente, cotiza un 0,20 % a cargo exclusivo de la empresa.
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)
El MEI es una cotización finalista para reforzar el fondo de reserva de las pensiones. En 2026 es del 0,90 % sobre la base de contingencias comunes, repartido en 0,75 % empresa y 0,15 % trabajador (art. 16 de la orden). Aparece como línea propia en la nómina y conviene revisarla cada enero, porque su tipo ha ido subiendo año a año.
Contingencias profesionales (AT y EP)
Cubren accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. No tienen un tipo único: se aplica la tarifa de primas de la disposición adicional sexagésima primera de la LGSS según la actividad (CNAE) o la ocupación del trabajador, y la paga íntegramente la empresa. Como referencia, los trabajos exclusivos de oficina tienen un 1,00 % (0,65 % para IT y 0,35 % para incapacidad, muerte y supervivencia).
Ejemplo completo: cuotas de una nómina de 2.000 euros
Supongamos una administrativa con contrato indefinido, salario de 2.000 € al mes en 14 pagas y tarifa de AT y EP de oficina.
- Prorrata de pagas extra: 2 pagas × 2.000 € = 4.000 € al año; 4.000 / 12 = 333,33 €.
- Base de cotización: 2.000 + 333,33 = 2.333,33 € (por encima de la mínima de su grupo y por debajo de 5.101,20 €).
- Cuota del trabajador, aplicando cada tipo sobre esa base:
| Concepto trabajador | Tipo | Importe |
|---|---|---|
| Contingencias comunes | 4,70 % | 109,67 € |
| Desempleo | 1,55 % | 36,17 € |
| Formación profesional | 0,10 % | 2,33 € |
| MEI | 0,15 % | 3,50 € |
| Total trabajador | 6,50 % | 151,67 € |
- Cuota de la empresa:
| Concepto empresa | Tipo | Importe |
|---|---|---|
| Contingencias comunes | 23,60 % | 550,67 € |
| Desempleo | 5,50 % | 128,33 € |
| FOGASA | 0,20 % | 4,67 € |
| Formación profesional | 0,60 % | 14,00 € |
| MEI | 0,75 % | 17,50 € |
| AT y EP | 1,00 % | 23,33 € |
| Total empresa | 31,65 % | 738,50 € |
La trabajadora ve descontados 151,67 € en su nómina mensual. La empresa ingresa en total 890,17 € (151,67 + 738,50) a la TGSS por ella. Si el contrato fuera de duración determinada, el desempleo del trabajador pasaría a 1,60 % (37,33 €) y su total a 152,83 €.
En los meses de junio y diciembre, cuando cobra la paga extra, la base sigue siendo 2.333,33 €: la paga ya se ha cotizado mes a mes mediante la prorrata. Esta cifra es la base del coste total de un trabajador para la empresa, que suma bruto anual y cuotas empresariales.
¿Cómo cotizan las horas extraordinarias?
Las horas extra tienen un tratamiento especial: no forman parte de la base de contingencias comunes, pero sí de la de contingencias profesionales, y además cotizan con un tipo específico (art. 5 de la orden):
| Tipo de hora extra | Empresa | Trabajador | Total |
|---|---|---|---|
| Por fuerza mayor | 12,00 % | 2,00 % | 14,00 % |
| Resto de horas extra | 23,60 % | 4,70 % | 28,30 % |
Siguiendo el ejemplo anterior, si la administrativa hace 10 horas extra estructurales pagadas a 15 €, cobra 150 € más. Sobre ese importe cotiza 7,05 € (4,70 %) y la empresa 35,40 € (23,60 %). Además, la base de contingencias profesionales pasa a 2.483,33 € y la cuota de AT y EP a 24,83 €. Si las horas fueran por fuerza mayor, las cuotas serían 3,00 € y 18,00 €. El detalle de límites, registro y compensación está en el artículo sobre cálculo y cotización de las horas extraordinarias.
¿Qué pasa si el salario supera la base máxima?
La base máxima de 2026 es de 5.101,20 € al mes para todas las contingencias. Los tipos ordinarios se aplican hasta ese tope, pero la parte de la retribución que lo supera paga la cotización adicional de solidaridad (art. 17 de la orden), por tramos:
| Exceso sobre la base máxima | Total | Empresa | Trabajador |
|---|---|---|---|
| De 5.101,21 a 5.611,32 € | 1,15 % | 0,96 % | 0,19 % |
| De 5.611,33 a 7.651,80 € | 1,25 % | 1,04 % | 0,21 % |
| Más de 7.651,80 € | 1,46 % | 1,22 % | 0,24 % |
Ejemplo: retribución mensual computable de 6.000 €. El exceso es de 898,80 €, que se reparte así:
- Primer tramo: 5.611,32 − 5.101,20 = 510,12 € al 1,15 % = 5,87 € (empresa 4,90 €, trabajador 0,97 €).
- Segundo tramo: 6.000 − 5.611,32 = 388,68 € al 1,25 % = 4,86 € (empresa 4,04 €, trabajador 0,82 €).
- Solidaridad total: 10,73 € (empresa 8,94 €, trabajador 1,79 €).
¿Se cotiza durante la baja, las vacaciones y otras situaciones?
Sí. El artículo 144 LGSS mantiene la obligación de cotizar durante la incapacidad temporal, y las vacaciones retribuidas cotizan como un mes normal. Algunas situaciones requieren atención especial:
- Incapacidad temporal: la empresa sigue cotizando aunque parte de lo que abona sea subsidio en pago delegado.
- Vacaciones no disfrutadas pagadas al extinguir el contrato: se cotizan en una liquidación complementaria del mes de la extinción, sin prorrateo (art. 30 de la orden).
- Atrasos y salarios retroactivos: se cotizan en una liquidación complementaria con las bases, topes y tipos de cada mes al que corresponden, con detalle separado por mes (art. 29).
- Alta o baja a mitad de mes: la base y las cuotas se calculan por los días en alta.
¿Cómo se ingresan las cuotas calculadas en la nómina?
La empresa no envía un cheque con el importe que calcula. En el Sistema de Liquidación Directa, la TGSS calcula la cotización de cada trabajador con los datos de afiliación y los conceptos retributivos comunicados; la empresa solicita el borrador, lo revisa, lo confirma y se emiten el Recibo de Liquidación de Cotizaciones (RLC) y la Relación Nominal de Trabajadores (RNT). Las cuotas se ingresan dentro del mes siguiente al de devengo.
Por eso el trabajo real no termina al cerrar la nómina: hay que cuadrar lo que calculó Payroll con lo que devuelve la TGSS. El proceso y sus ficheros se explican en el artículo sobre Sistema RED, SILTRA y Sistema de Liquidación Directa.
Errores habituales al calcular las cotizaciones
- Aplicar el tipo de desempleo equivocado porque la clave de contrato no se actualizó tras una conversión a indefinido.
- Olvidar la prorrata de pagas extra en la base, o sumarla dos veces cotizando también la paga en junio o diciembre.
- Incluir horas extra en la base de contingencias comunes o, al revés, excluirlas de la de contingencias profesionales.
- Usar la tarifa de AT y EP de otra actividad, sobre todo en empresas con centros de trabajo distintos.
- No actualizar el MEI ni los topes en enero o tras la publicación tardía de la orden de cotización.
- No calcular la solidaridad en salarios altos, lo que genera discrepancias con la TGSS.
- Cotizar atrasos en el mes de pago en lugar de hacerlo con los tipos y topes de los meses de origen.
¿Cómo puede ayudarte Employ?
Las cotizaciones son el cálculo que más cambia cada enero y el que menos admite errores. Los agentes IA de Employ calculan cada cuota a partir de la base real del trabajador, aplican el tipo de desempleo que corresponde a su contrato, separan las horas extra entre bases y añaden la solidaridad cuando la retribución supera el tope, sin que nadie tenga que rehacer la tabla de porcentajes cada enero.
Antes de confirmar la liquidación, el agente compara lo calculado en nómina con lo que devuelve la TGSS y señala sólo las discrepancias: un contrato con clave antigua, una tarifa de AT y EP que no cuadra con el centro o un atraso que debería ir en liquidación complementaria. Tu equipo revisa por excepciones, no trabajador por trabajador, y el cierre de cotización queda terminado y documentado.
Preguntas frecuentes sobre las cotizaciones a la Seguridad Social
¿Qué porcentaje de Seguridad Social se descuenta en la nómina en 2026?
Con contrato indefinido y base dentro de los topes, el trabajador cotiza el 6,50 % de su base: 4,70 % de contingencias comunes, 1,55 % de desempleo, 0,10 % de formación profesional y 0,15 % de MEI. Con contrato de duración determinada, el total es del 6,55 %.
¿Cuánto paga la empresa a la Seguridad Social por un trabajador?
La empresa paga el 30,65 % de la base en un contrato indefinido (31,85 % en uno de duración determinada) más la tarifa de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales según su actividad. En una oficina, con la tarifa del 1,00 %, el total queda en 31,65 %.
¿Sobre qué importe se calculan las cotizaciones?
Sobre la base de cotización, que es la remuneración mensual más la prorrata de pagas extraordinarias, sin los conceptos excluidos por el artículo 147 LGSS y dentro de las bases mínima y máxima. No se calculan sobre el bruto del mes.
¿Qué es el MEI en la nómina?
Es el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, una cotización destinada al fondo de reserva de las pensiones. En 2026 es del 0,90 % sobre la base de contingencias comunes: 0,75 % a cargo de la empresa y 0,15 % a cargo del trabajador.
¿Las horas extra cotizan a la Seguridad Social?
Sí, con un tipo propio: 28,30 % en general (23,60 % empresa y 4,70 % trabajador) y 14 % si son por fuerza mayor (12 % y 2 %). No entran en la base de contingencias comunes, pero sí en la de contingencias profesionales.
¿Qué es la cotización adicional de solidaridad?
Es una cotización sobre la parte de la retribución que supera la base máxima de 5.101,20 € mensuales. Se aplica por tramos del 1,15 %, 1,25 % y 1,46 %, repartidos entre empresa y trabajador.
¿Quién paga las contingencias profesionales?
Las paga íntegramente la empresa. El tipo se toma de la tarifa de primas de la LGSS según el CNAE de la actividad o la ocupación del trabajador; los trabajos exclusivos de oficina tienen un 1,00 %.
¿Se cotiza durante una baja médica?
Sí. El artículo 144 LGSS obliga a mantener la cotización durante la incapacidad temporal, tanto la parte de la empresa como la del trabajador, aunque lo que se abone sea un subsidio en pago delegado.
¿Por qué la cuota de la empresa aparece en mi nómina si no me la descuentan?
Porque el modelo oficial de recibo de salarios, modificado por la Orden ESS/2098/2014, obliga a informar de la aportación empresarial a la Seguridad Social. Es un dato informativo que no reduce el líquido a percibir.
¿Puede la empresa pagar la cuota del trabajador?
No. El artículo 26.4 del Estatuto de los Trabajadores establece que las cargas de Seguridad Social del trabajador las paga el trabajador y declara nulo cualquier pacto en contrario.